La Prima de Riesgos de Trabajo es una obligación ante el Seguro Social que como empresa deberás presentar cada año, con el objetivo de revisar los accidentes de trabajo que ocurrieron durante el año que recién terminó.
Es necesario cumplir con esta obligación, ya que de ella dependerán las cuotas obrero-patronales que entre empresarios y trabajadores pagan en conjunto ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Queremos que estés enterado de todas las obligaciones a las que estás sujeto como empresa. Para ello, esta guía pretende ser una ayuda extra para resolver tus dudas y que siempre estés informado en lo que te concierne como empresario.
Con esta ayuda conocerás paso a paso el método manual para calcular tu prima de riesgos de trabajo, la fórmula necesaria para obtenerla y los medios por donde se puede declarar esta obligación, todo de forma sencilla y dinámica.
¿Qué son los riesgos de trabajo?
Son todos aquellos accidentes o enfermedades que un empleado sufra debido a su labor. Los accidentes se dividen en dos: los de trabajo, que ocurren cuando los empleados desempeñan sus funciones, y los de trayecto, cuando un trabajador sufre un percance en su viaje para ir del trabajo a su casa o viceversa.
Por otro lado, las enfermedades profesionales o de trabajo, son aquellas que desarrollan los trabajadores a causa de su empleo, por ejemplo, un problema respiratorio por la exposición prolongada a algún químico.
De tal forma, en caso de que un trabajador sufra un accidente o enfermedad por sus labores, tiene derecho a las prestaciones que otorga la Ley del Seguro Social mediante el seguro de riesgos de trabajo, ya sean prestaciones en Dinero Y/O en Especie hasta que el trabajador esté listo para reintegrarse a sus labores; más adelante profundizaremos en lo que implica cada prestación.
Los riesgos de trabajo los podemos clasificar en tres tipos:
1. Accidentes de Trabajo: Son cuando un empleado sufre una lesión debido al desempeño de sus labores. Recuerda que éstos no sólo ocurren en lugares cerrados como las fábricas u oficinas, sino en cualquier área donde los trabajadores se desempeñen como la vía pública.
2. Accidentes de Trayecto: Son los percances que sufra un trabajador cuando se traslade de su casa al trabajo o viceversa y que cause alguna lesión que le impida realizar su trabajo.
3. Enfermedades de Trabajo: Son las contraídas a consecuencia de las labores de cada empleado. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social es la encargada de clasificarlas y dar las garantías y derechos de los trabajadores sobre cada una de ellas.
MATERIAL DE APOYO
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